Certificación Energética de viviendas

¿Qué es?

Es una exigencia derivada de las Directivas Comunitarias 2002/91/CE y 2010/31/UE, transpuesta parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril por el que se aprueba el "Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, tanto de nueva construcción, como existentes".

Este Real Decreto obliga a poner a disposición de los compradores o arrendatarios un Certificado de Eficiencia Energética del edificio, vivienda, local u oficina, en el que se indican las características energéticas, consumos, prestaciones y posibles mejoras energéticas.

¿En qué consiste?

Desde FONCOVI realizamos un estudio energético pormenorizado de su inmueble, a partir del cual se obtiene una calificación del mismo (desde el nivel A al nivel G), y le indicamos que mejoras se pueden llevar a cabo para mejorar la eficiencia del mismo.

¿Qué pasa si no certifico energéticamente mi inmueble?

Podría ser sancionado por infracción en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

¿A partir de cuando será obligatorio?

Será exigible para los contratos de compra-venta o arrendamiento celebrados a partir del día 1 de Junio de 2013.

¿Qué validez tiene?

El Certificado de Eficiencia Energética tendrá una validez máxima de 10 años.

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